¿Un@ dueñ@ de una casa podrá instalar una cámara de vídeo o realizar grabaciones audio?

Las grabaciones audio siempre están prohibidas.

Las grabaciones de vídeo en el cuarto de trabajo siempre están prohibidas. Asimismo están prohibidos los sistemas para vigilar el comportamiento de emplead@s. Esto significa que un@ dueñ@ de una casa no podrá controlar con una cámara cuántos clientes has atendido o cuánto dinero has recibido. Se admiten las grabaciones de vídeo delante de la puerta al establecimiento erótico o bien en pasillos. Sin embargo, debe haber un aviso de que hay una vigilancia por vídeo. Las grabaciones de vídeo podrán almacenarse entre 24 y 72 horas.

Aviso:

Si estás afectad@ por violencia o robo por parte de un cliente u otra persona, informa sin demora a tu dueñ@ de la casa. Est@ entonces podrá conservar la grabación de vídeo para poder identificar al autor.

¿Qué derechos tengo en caso de una filmación en el lugar de trabajo?

  • El/la dueñ@ de la casa debe informarte sobre dónde hay una vigilancia de vídeo. Si realiza una filmación sin que lo sepas incurre en un delito penal.
  • En tu cuarto de trabajo nunca debe haber una cámara.