Trabajo en un establecimiento erótico. ¿Es cierto que el/la jef@ podrá exigir de mí cuándo debo trabajar?

  • El/la jef@ podrá incluir los horarios de apertura en el contrato. Entonces no podrás trabajar en el establecimiento más allá del horario de apertura.
  • Tienes derecho a días libres y tú decides cuáles son. El/la jef@ no es tu empleador@. Si trabajos con porcentajes no debes pagar nada esos días y no ser que tu contrato incluya una disposición divergente. Por ejemplo: en días libres la habitación cuesta 30.- y en días laborales pagas el 30% o 40% a tu jef@.